contratos en divisas, juicios más rápidos y medidas cautelares

Miles de propietarios venezolanos que mantienen sus inmuebles cerrados por temor a no recuperarlos podrían encontrar en la nueva Ley de Arrendamientos un motivo para reactivar el mercado, así lo consideró este martes, 4 de agosto, la abogada Cora Farías Altuve, especialista en derecho inmobiliario, inquilinario, propiedad horizontal y contratos inmobiliarios.  

La normativa introduce cambios que van desde la posibilidad de pactar en divisas hasta la reincorporación de medidas cautelares, en lo que la especialista describió como un intento de restablecer la seguridad jurídica en el sector inmobiliario. 

Durante una entrevista concedida a Onda La SuperestaciónFarías calificó como un «buen inicio» la intención de la ley, aunque advirtió cautela sobre sus resultados.  

Asimismo, Farías precisó que la norma no tiene carácter retroactivo. «Es para todos los contratos que se suscriban a partir de su publicación en Gaceta; los juicios anteriores se rigen por la ley de 2011», explicó, descartando así que resuelva litigios en curso. 

«Los juicios y sentencias paralizadas bajo la ley de 2011 y la medida de la Sala Constitucional de 2015 continuarán bajo el esquema anterior; la nueva ley de Arrendamientos aplica el principio de ‘caída y mesa limpia’ para relaciones futuras», explicó.  

Entre los cambios más relevantes está la legalización de contratos en divisas. Según Farías, «ahora se va a poder pactar en dólares», con la posibilidad de cancelar en bolívares a la tasa del Banco Central de Venezuela (BCV) y de reajustar el monto anualmente conforme al Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC).  

A esto se suma, señaló, la opción de recurrir al juicio breve inquilinario para acelerar los procesos de restitución de inmuebles, una vía que la abogada señaló como alternativa a la jurisdicción ordinaria. «Puedes optar por el juicio breve inquilinario de manera expedita para lograr la restitución del inmueble», remarcó.  

La ley también contempla el regreso de las medidas cautelares, eliminadas por trabas de la normativa anterior. Farías interpretó que, ante deterioros o reformas no autorizadas en un inmueble, los propietarios podrán solicitar el decreto de la medida de secuestro, una herramienta que devuelve capacidad de acción legal a los arrendadores frente a incumplimientos del inquilino. 

«EL GRAN FRENO DEL MERCADO DE ALQUILERES».  

Para la especialista, el trasfondo de estos cambios apunta a vencer el temor que ha mantenido paralizado al mercado de alquileres en el país durante los últimos años y en medio de la crisis habitacional como consecuencia de los terremotos.  

«El venezolano prefería tener el inmueble cerrado por temor a no recuperarlo; esta ley busca devolver esa confianza», consideró Farías, en referencia al objetivo último de la reforma, que es reactivar la oferta de vivienda en alquiler a través de garantías jurídicas más claras para los propietarios. 

«El gran freno del mercado de alquileres fue la distorsión de la ley de 2011, que trasladó la obligación del Estado de proveer refugios temporales al propietario privado, congelando los desalojos durante años», señaló.  

PAGO DE SERVICIOS Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS  

En cuanto a los gastos del inmueble, indicó que el inquilino «asumirá el pago de los servicios públicos e Internet, mientras que la cobertura de las cuotas de condominio ordinarias y extraordinarias podrá pactarse entre las partes».  

Además, apuntó que para acelerar la resolución de conflictos, «la ley incorpora medios alternativos como la conciliación, el arbitraje privado y la mediación de los Jueces de Paz Comunal, evitando procesos judiciales interminables».  

Y recalcó: «La ley fue concebida con la urgencia de atender a las más de 18.000 familias que quedaron sin techo por el terremoto y para ofrecerle alternativas habitacionales viables a la juventud venezolana». 

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